Exilio

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La Real Academia recoge dos acepciones: “Separación de una persona de la tierra en que vive”; “Expatriación, generalmente por motivos políticos”.

La palabra exilio se usa frecuentemente como sinónimo de asilo o refugio. En tales casos, ha de tenerse en cuenta que la opinión política es uno de los cinco motivos de persecución reconocidos por la Convención de Ginebra de 1951. Los otros cuatro serían: raza, religión, nacionalidad y pertenencia a un determinado grupo social.

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Bibliografía

  • Real Academia Española: Diccionario de la lengua española. http://www.rae.es

  • Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.