MENA (Menor Extranjera/o No Acompañada/o)

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La ‘Convención sobre los Derechos del Niño’ considera MENA a toda persona menor de 18 años de edad, que se encuentra fuera de su país de origen, separada de su padre y de su madre o de su tutor legal.

Los Estados signatarios de dicha Convención, entre los que se encuentra el Estado español, reconocen, a través de este instrumento internacional, la necesidad de protección y cuidados especiales y el interés superior de la infancia, sin discriminación alguna. Es decir, independientemente de, entre otras cuestiones, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño o niña, de sus padres y madres o de sus representantes legales.

Esta Convención establece en su artículo 20 el derecho de los y las MENAS que están temporal o permanentemente privados de su medio familiar a la protección y asistencia especial del Estado.

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El ACNUR y Save the Children publicaron en 2004 una Declaración de buenas prácticas donde consideran menores no acompañados a aquellos que se encuentren acompañados por parientes lejanos.
Cuando las y los menores llegan acompañados por personas adultas que no son sus familiares cercanos, ha de prestarse atención especial a las posibles situaciones que puedan darse. Por ejemplo, las y los menores víctimas de redes de explotación sexual y/o laboral llegan acompañados por miembros de estas. Estos niños y niñas, si no son identificadas como menores no acompañadas, sea en la frontera o en el territorio, se excluyen de la intervención del sistema español de protección.
 

La mayoría de los menores no acompañados que llegan a nuestro territorio son varones de origen marroquí de entre 15 y 17 años, aunque también, y cada vez más, subsaharianos y de Europa del Este (especialmente de origen rumano). También llegan niñas no acompañadas, sobre todo subsaharianas, pero estas no suelen acceder al sistema de protección ya que la mayoría se encuentran atrapadas en redes de trata para explotación sexual, por lo que  suelen ser prácticamente invisibles para las autoridades y la propia sociedad.
 

Bibliografía

  • Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.

  • ACNUR y Save the Children (2004): Programa de Menores no acompañados en Europa. Declaración de buenas prácticas. Tercera Edición.