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El ‘Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados’, elaborado en Nueva York en 1967, complementa la Convención de Ginebra de 1951. Elimina la restricción temporal y geográfica que estipulaba la Convención, elaborada como respuesta a las consecuencias de las dos guerras mundiales y en la que se establecía que las personas refugiadas lo eran debido a los acontecimientos ocurridos antes del 1 de enero de 1951 en Europa.