Autorización provisional de residencia

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Las personas solicitantes de asilo, que han tramitado su solicitud en territorio, pueden permanecer de forma provisional en el estado español por un periodo máximo de un mes, en que debe resolverse la inadmisión o la admisión a trámite de la solicitud. Durante este tiempo se les hace entrega de una documentación que las identifica como solicitantes de asilo.

Si el resultado de la petición es la admisión a trámite, se permite al o a la solicitante continuar en territorio español durante la tramitación de su expediente, periodo en que se decide la concesión o denegación del asilo. Durante este trámite, se les documenta con una tarjeta roja que debe renovarse durante el proceso.

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Bibliografía

  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.