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Protección internacional que ha de reconocerse a las personas de terceros países y a las apátridas que, sin reunir los requisitos para el reconocimiento del estatuto de persona refugiada, se considere que se pueden dar motivos fundados para creer que si regresase a su país de origen o de residencia habitual se enfrentarían a un riesgo de sufrir daños graves.
En el estado español esta protección se regula a través de la Ley de Asilo.