Determinación de la edad

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La práctica de pruebas médicas para la determinación de la edad plantea numerosos problemas, tanto de orden técnico como ético y ha sido ampliamente criticada en diversos informes  en los que se han hecho propuestas más idóneas para determinar la edad de las y los menores que llegan a nuestro país. Entre las propuestas se encontrarían la toma en consideración de aspectos étnicos, nutricionales, medioambientales, psicológicos y culturales, que tienen una influencia directa en el desarrollo y crecimiento de la persona, dado que el ‘Atlas de Greulich y Pyle’ cuenta con un margen de error de más o menos dos años y un gran sesgo socio-cultural.
Teniendo en cuenta las trascendentales consecuencias legales que conllevan el que una persona sea identificada como mayor o menor de 18 años, ha de atenderse con rigor a estas cuestiones, con el objeto de salvaguardar su bienestar y proteger a las y los menores.
 

La alta tasa mundial de no inscripción de nacimientos en el momento en que se producen tiene como consecuencia inevitable que su posterior inscripción pueda tener márgenes de error importantes. Ahora bien, la pretensión de combatir esta realidad asignando una fecha exacta de nacimiento mediante el uso de una técnica determinada supone una misión imposible en el estado actual de la ciencia.
En los casos en los que no se tenga certeza sobre la minoría de edad de una persona extranjera indocumentada, la respuesta del Estado español ha de velar por el interés superior del o la menor.
 

Bibliografía

  • Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.

  • Greulich, W. W. y Pyle, S. I. (1959): Radiografic atlas of skeletal development of the hand and wrist. Research Associate, Departments of Anatomy, Western Reserve University and Standfor University School of Medicine.

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

  • Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. Texto consolidado. Última modificación: 14 de noviembre de 2012.