Matrimonio forzado

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Ante esto, generalmente el Estado no brinda ninguna forma de protección, más bien tolera la violencia e incluso la ejerce de forma directa a través de sus políticas y sus leyes. Una de las más graves prácticas estatales consiste en castigar con penas desmedidas a aquellas que intentan escapar. Esto es especialmente relevante en relación al derecho de asilo, puesto que existe una doble persecución que impulsa la huída de mujeres: una ejercida por personas con vínculos íntimos a la víctima y la perpetrada por el Estado.
Cabe decir que a pesar de ser uno de los motivos más citados en las solicitudes de asilo, las mujeres que viven esta situación tienen muy pocas posibilidades de huir fuera de su país para buscar protección, pues su movilidad está extremadamente limitada, ya que normalmente, deben ir siempre acompañadas de un varón de su familia.
Las pocas mujeres que logran escapar y llegar a un ‘país seguro’ encuentran numerosas dificultades en el acceso al derecho de asilo: el desconocimiento del mismo les lleva a no solicitarlo, tienen problemas a la hora de documentar los abusos experimentados y, por otro lado, aún existen una serie de impedimentos para poder reconocer el matrimonio forzado como una razón de peso para otorgar el estatuto de persona refugiada. A pesar de ser una forma de persecución por motivos de género, y constituir una violación grave y sistemática de los derechos fundamentales, que conlleva tratos inhumanos y degradantes que pueden constituir tortura.
 

Bibliografía

  • CEAR-Euskadi (2013): Vivir sin miedo. Comisión de Ayuda al Refugiado en Euskadi, Bilbao.

  • CEAR-Euskadi (2009): Persecución por motivos de género y  derecho de asilo: del contexto global al compromiso local. El sistema de asilo español frente a la violación de los derechos humanos de las mujeres y de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales. Comisión de Ayuda al Refugiado en Euskadi, Bilbao.