Extensión familiar de la protección internacional

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Con esta figura, se pretende garantizar el mantenimiento de la unidad familiar, pero se establecen unos límites para la extensión. Las y los familiares que hayan obtenido la independencia económica o la mayoría de edad (en caso de descendientes) quedarían fuera de la extensión del asilo o de la protección subsidiaria, sin atender a aquellos casos en los que la persecución a la que se puede ver sometida la familia no cesaría por estas causas, o que las mismas no serían un impedimento para que estas personas puedan sufrir una persecución derivada de la relación de parentesco.
 

Bibliografía

  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.