Lex Mercatoria

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La Lex Mercatoria o Derecho Comercial Global es un conjunto de contratos de comercio e inversiones y de normas que protegen los derechos de las empresas transnacionales. Se regulan en el ámbito internacional y pueden tener carácter bilateral o multilateral. Ante la vulneración de estos derechos, las empresas pueden acudir a los Tribunales Arbitrales y al Sistema de Solución de las Diferencias de la Organización Mundial del Comercio, que forman también parte de este conjunto llamado Lex Mercatoria o Derecho Comercial Global.

Las obligaciones de las empresas transnacionales no forman parte de la Lex Mercatoria, ni se regulan en el ámbito internacional, sino que se regulan en el ámbito nacional.

Pese a que las transnacionales mantienen una actividad de ámbito internacional y sus derechos se salvaguardan en este ámbito, sus obligaciones se limitan al control nacional de los países en que operan, independientemente del lugar en que se encuentre la empresa matriz.

Como ha denunciado el Observatorio de las Multinacionales en América Latina (OMAL), las empresas transnacionales condicionan directa o indirectamente la producción normativa estatal e internacional, mediante acuerdos formales e informales a escala mundial y mecanismos específicos de resolución de conflictos, al margen de los criterios y fundamentos del poder judicial.

Los pactos o condiciones contractuales que logran las empresas transnacionales se blindan y protegen con independencia de las circunstancias en que se alcanzaron (ya fueran con gobiernos discrecionales, en medio del conflicto armado, etc.) y con independencia de las repercusiones que tenga su actividad en el derecho al desarrollo y a la soberanía de los pueblos y naciones en que se instalan.

La falta de recursos financieros, humanos y técnicos para que las víctimas puedan acceder a los mecanismos internacionales y la falta de cumplimiento y ejecución de decisiones de órganos regionales e internacionales aumentan la vulnerabilidad de las personas y comunidades ante las empresas transnacionales.

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En mayo de 2013 una fábrica de textiles de Bangladesh se derrumbó causando la muerte a más de mil personas. Esta fábrica elaboraba textiles para varias multinacionales como Mango y El Corte Inglés, que solo tienen que responder por estos hechos ante la legislación nacional del país asiático. Los directivos de estas empresas españolas no tienen que dar cuenta del beneficio que obtienen, ni de si conocían las condiciones en las que se desarrollaba el trabajo, y no tienen responsabilidad civil ni penal.
El OMAL viene denunciando e incidiendo en la asimetría normativa que se da entre la Lex Mercatoria (Derecho Comercial Global), denomina por Juan Hernández Zubizarreta como un “derecho duro, coercitivo e imperativo”, y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Ni las legislaciones de los países receptores que rigen las obligaciones de las empresas trasnacionales, ni los mecanismos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos son suficientes para someter a Derecho todas las prácticas de las empresas transnacionales que atentan contra los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales.
Las empresas deben asumir obligaciones extraterritoriales y su actividad debe quedar fiscalizada con los mismos estándares que cumplen en los países en que se encuentra la empresa matriz, como es el caso del Estado español.

Bibliografía

  • Hernández, J. (2012): ‘Asimetría normativa’ y ‘Lex mercatoria’, en Diccionario Crítico de empresas transnacionales. Claves para enfrentar el poder de las grandes corporaciones. Paz con Dignidad. Colección Antrazyt, Icaria, Barcelona.