Salida obligatoria

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Imposición de abandonar el país para aquellas personas a las que se ha inadmitido a trámite su solicitud de asilo en territorio o esta ha sido denegada (en frontera no se permite la entrada). La salida obligatoria debe cumplirse en un plazo máximo de quince días. A quienes no la cumplan se les puede incoar un expediente sancionador que podría desembocar en una orden de expulsión.

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Bibliografía

  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.