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Las personas se encuentran frente a una ‘asimetría del derecho a migrar’, es decir: se reconoce el derecho a salir de un territorio pero se niega el derecho pleno a entrar o a permanecer en otros. Javier De Lucas denomina a esta paradoja el ‘derecho a estar en órbita’. Este autor destaca también cómo el derecho a migrar se niega a aquellas personas que no son consideradas ‘buenas migrantes’ según las condiciones impuestas por los intereses del mercado.No existe, de este modo, un derecho humano a migrar, a la libre circulación y permanencia, con reconocimiento internacional.La mayor parte de los Estados alegan, desde la concepción soberanista clásica, que el derecho a migrar forma parte de las competencias soberanas, exclusivas y excluyentes de los Estados. Otras posturas apuntan que los intereses de las personas han de prevalecer frente a las voluntades y los intereses de los Estados. Estas propuestas, que facilitarían el pleno derecho de las personas a vivir con dignidad, libres de violencia y libres de miedo, son deslegitimadas dado el proceso de debilitamiento de los Estados como garantes de derechos, convirtiéndose en Estados corporativos modelados por los intereses del mercado y del capitalismo.Las personas refugiadas solo pueden ejercer su derecho a llegar a un país seguro y pedir asilo mediante la posibilidad de circular sin restricciones hasta el mismo, como subyace al espíritu de la Convención de Ginebra de 1951, cuando prohíbe a los Estados parte penalizar a las personas refugiadas por entrada ‘ilegal’ al territorio. Sin embargo, los mecanismos de externalización de fronteras implementados por el Estado español y el conjunto de la Unión Europea están impidiendo a las personas refugiadas circular hasta un país seguro.