Tratado de Lisboa

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Firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 y en vigor desde el 1 de diciembre de 2009 sustituye a la Constitución para Europa tras el fracaso de 2004. Se abandona el término “Constitución” para salvar su contenido en el plano estructural, institucional y competencial. La Unión Europea se decantó por esta nueva fórmula para evitar su rechazo en las urnas. Se sometió a votación parlamentaria sin que hubiera tiempo apenas para su escrutinio público.

El Tratado de Lisboa modifica el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), que pasa a denominarse Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ambos con el mismo valor legal; y dota a la Unión Europea de personalidad jurídica propia, lo que le permitirá firmar acuerdos en nombre de los Estados miembros. Confirma el objetivo de una política común en materia de inmigración e introduce los procedimientos de codecisión y de mayoría cualificada en el ámbito de la migración “legal”, que hasta entonces no estaban incluidos. Por tanto, el procedimiento legislativo ordinario se aplica ahora tanto a las políticas de inmigración “legal” como a las de inmigración “ilegal”.
Prevé que en caso de afluencia repentina de nacionales de terceros países en un Estado miembro, se puedan adoptar medidas de apoyo.

Se eliminan las limitaciones previstas en los Tratados anteriores respecto al papel del Tribunal de Justicia en el campo de la inmigración y el asilo, que desde entonces, se ha pronunciado en este ámbito tal y como lo hace en casos de Derecho común.

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Bibliografía

  • Unión Europea (2014): El Tratado en pocas palabras. http://ec.europa.eu/archives/lisbon_treaty/glance/index_es.htm

  • GUE/NGL (2007): ‘Documento 1: el Tratado de Lisboa’, en Documentos elecciones 2008. Delegación de IU en el Parlamento Europeo, enero de 2007. GUE/NGL (Izquierda Unitaria Europea / Izquierda Verde Nórdica).