Defensor o defensora de derechos humanos

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La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACNUDH) emplea esta expresión para describir a la persona que, individualmente o junto con otras, se esfuerza en promover o proteger los derechos humanos. Se trata de un término amplio que incluye a quienes contribuyen a la eliminación efectiva de todas las violaciones de derechos humanos y al fomento del disfrute efectivo de los mismos, ya sean de carácter individual o colectivo. La mayoría de las y los defensores desarrollan su actividad en el plano nacional o local, en defensa del respeto de esos derechos en sus propias comunidades y países. Sin embargo, actúan también en el plano internacional o regional.

Debido a esta labor, se ven expuestas a la violencia, arriesgan su propia integridad física y mental en su lucha por poner fin a la impunidad ante las violaciones de derechos y por impulsar la paz con justicia social. Se trata de un colectivo especialmente susceptible de ser forzado a desplazarse de sus territorios o espacios de actuación.

Esta figura fue reconocida por las Naciones Unidas en su ‘Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos’, conocida como Declaración sobre Defensores de Derechos Humanos.  

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Bibliografía

  • Eguren, E. y Caraj, M. (2009): Nuevo manual de protección para los defensores de derechos humanos. Protection International, Bruselas.

  • OACNUDH (2004): Los Defensores de los Derechos Humanos: Protección del Derecho a Defender los Derechos Humanos. Folleto Nº 29. Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Naciones Unidas, Ginebra.